Cuatro años de prisión y nueve meses de multa con cuota diaria de diez euros es la petición que ha solicitado la fiscalía por el delito de estafa y en el que se juzgarán a dos personas vinculadas con la minería que en agosto de 2015 firmaron un contrato de suministro de carbón sin que mediara intención de pago.
Por el mineral, que se depositó en lavaderos de la localidad de Prado de la Guzpeña, y se emitieron tres facturas por un valor aproximado de 350.000 euros. A pesar de que el carbón se distribuyó en las condiciones acordadas no se abonó en ningún momento su importe, emitiéndose por parte de los acusados «pagarés que iban asociados a una cuenta sin fondos» y, a consecuencia de ello, se generaron unos gastos adicionales de 7.263,39 euros.
A día de hoy, ninguno de los acusados ha reintegrado el dinero percibido, ni tampoco el carbón, por lo que la Fiscalía estima que los hechos constituyen un delito de estafa previsto y penado en el Código Penal del que ambos son responsables en concepto de autores y por el que les pide una pena de cuatro años de cárcel y nueve meses de multa con una cuota diaria de diez euros y la aplicación del artículo 53 en caso de impago, además de su inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el abono de las costas derivadas del procedimiento.
Del mismo modo, en concepto de responsabilidad civil, considera que ambos deben indemnizar conjunta y solidariamente a la empresa suministradora en 353.502,77 euros, cantidad derivada de la suma del importe de las tres facturas emitidas y los gastos adicionales por la emisión de los pagarés asociados a la cuenta sin fondos.
La vista está prevista para el martes 15 y miércoles 16 en la Audiencia Provincial de León.