La Diputación de León, ha abierto un periodo para la solicitud de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con destino a Ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes de la provincia de León, para la lucha y control de la procesionaria del pino, en este año 2022.
Los beneficiarios de esta subvención son los Ayuntamientos de la provincia de menos de 20.000 habitantes que realicen las actuaciones comprendidas en la base primera de la convocatoria durante el periodo comprendido desde el 1 de agosto de 2021 hasta el 31 de julio de 2022.
Su objetivo es el desarrollo de una estrategia de gestión, control y lucha de la procesionaria del pino en las zonas urbanas de los municipios.
Las bases generales reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva aprobadas por el Pleno de la Diputación de León en sesión de 27 de febrero de 2008 (publicada en el BOP número 45, de 5 de marzo de 2008).
La cuantía total es de 20.000 €. La ayuda será del 90 % del importe del presupuesto presentado para la realización de la actividad, con un límite de 800 € por Ayuntamiento. En el caso de que no exista dotación suficiente para la concesión del 90%, este porcentaje se reducirá en función de las disponibilidades presupuestarias.
El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de este Extracto en el BOP.
La presentación de solicitudes se hará vía electrónica en la sede electrónica de la Diputación de León.
La documentación que presentar con la solicitud es la memoria descriptiva de las actuaciones que se pretenden financiar realizadas durante el periodo comprendido desde el 1 de agosto de 2021 hasta el 31 de julio de 2022, en la que se incluirá el presupuesto de gastos e ingresos a realizar de tales actuaciones.
Los gastos subvencionables serán los derivados de las actividades encaminadas a la lucha y control de la procesionaria del pino, excluyendo los gastos inventariables o de inversión, e incluyendo entre los mismos los propios elementos de lucha física, mecánica, biológica y biocida, así como el equipamiento, formación de personal y la asistencia técnica para su aplicación y/o suelta, entre los que se encuentran:
Las acciones de preventivas serán: la colocación de cajas anidaderas, trampas de feromonas, etc.
Acciones de control serán: la destrucción y eliminación de bolsones, cartuchos para disparar a los bolsones, inhibidores de crecimiento, insecticidas microbiológicos, piretroides sintéticos, etc.
El plazo máximo de justificación del gasto es hasta el 31 de agosto de 2022, aportando la documentación prevista en la convocatoria.
La forma de realizar el pago será una vez que se haya justificado el gasto y se acredite el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 18 de la ordenanza General de Subvenciones.